Ciudad de Panamá. 1 de abril de 2021. El Decreto Alcaldicio No.003.-2021 del 30 de marzo de 2021 suspende todas las actividades relacionadas a la venta y consumo de licores desde las 12:01 a.m. del 2 de abril del 2021 (Viernes Santo) hasta las 12:00 m.n. del mismo día.
Todos los propietarios o administradores de cantinas, bares, discotecas, bodegas, parrilladas, supermercados, tiendas y distribuidoras de bebidas alcohólicas deberán suspender la venta y consumo en sus establecimientos en la fecha y hora decretada.
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Los supermercados y demás establecimientos que se dediquen a otras actividades comerciales deberán tomar las medidas necesarias para mantener el área destinada al expendio de licores cerrada.
También se suspende, en el distrito de Panamá, desde las 12:01 a.m. del 2 de abril del 2021 (Viernes Santo) hasta las 12:00 m.n. del mismo día, el uso de caja de música, sinfonías y equipo de audio, así como también la realización de actividades bailables, karaokes o conciertos amenizados por orquestas, conjunto, unidades móviles u otros medios de difusión o reproducción de música.
Quienes incumplan las disposiciones señaladas, en el presente decreto, serán sancionados con multas de $100 a $1,000.